Cápsula Jurisprudencial

Prueba de la calidad. No basta con el depósito del certificado de registro en que conste la titularidad del signo infringido.

El titular de un derecho de propiedad industrial o un licenciatario del mismo, a los fines de establecer su calidad y capacidad para actuar en justicia, debe aportar medios de prueba que las establezcan, como podrían ser el correspondiente certificado expedido por la ONAPI o el contrato de licencia debidamente inscrito en esa dependencia. Pero en caso de tratarse de una persona moral, deberán sumarse los documentos que comprueben su existencia, so pena de que su acción se declare inadmisible.

Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, sentencia No.036-2010, 13 de enero de 2010. Expediente No.371-03-08-00285. Empresa Cubana del Tabaco (CUBATABACO) y Adargelio Garrido de la Grana (querellantes y actores civiles) c. General Cigar, Inc. (imputado).

© Edwin Espinal Hernández

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