Una serie de marcas han generado un Derecho nuevo, dentro del mismo Derecho Marcario, por su participación en un mercado regional y a veces hasta mundial. La conciencia de las autoridades sobre la importancia de proteger estas “super-marcas”, las razones que han llevado a esa “super protección” y el alcance variable de estos derechos, generan cada vez más interés y atención entre los profesionales del Derecho.
Las “zonas de contacto” entre los derechos de propiedad intelectual
MARCAS NOTORIAS O FAMOSAS EN LAS DECISIONES DE LA OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI)
Nuestra Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial contempla entre sus disposiciones la categoría de marcas notorias y famosas. Su artículo 70 dispone que un “signo notoriamente conocido” es aquel “conocido por el sector pertinente del público o de los circuitos empresariales en el país, o en el comercio internacional, independientemente de la manera o medio por el cual se hubiese hecho conocido”.
Mensaje del Presidente - Junta Directiva 2012-2014
En ADOPI amamos la Propiedad Intelectual. Me confieso una amante profesa, lo mio fue amor a primera vista. Fue un flechazo que empezó todo, cuando devine a estudiar las marcas de fábrica para preparar mi tesis de licenciatura (por si hay dudas de que es una relativamente nueva área del Derecho, en mis tiempos de estudiante nunca me mencionaron ni siquiera el tema en la Universidad). Cuando trabajas en el campo de la PI, de lo intangible, vives constantemente esforzándote para estar al día en tecnología e innovación, te atrapas en el genio de inventores, con el talento de diseñadores, con la creatividad de los artistas.
La propiedad intelectual como derecho fundamental
Para poder encontrar las razones que motivaron la categorización de la propiedad intelectual como un derecho fundamental en múltiples legislaciones, necesariamente debemos hacer un viaje al pasado. En efecto, nos referiremos a eventos que en cierta medida marcaron los orígenes de la propiedad intelectual, su protección y reconocimiento.
PÍO DEPORTES Y LA RESTRICCIÓN AL DERECHO DE COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LOS PARTIDOS DEL MUNDIAL DE FÚTBOL 2014
La Asociación Dominicana de Propiedad Intelectual, Inc. (ADOPI) observa con preocupación la pretensión de limitar la comunicación pública de los partidos del campeonato de fútbol FIFA World Cup Brasil 2014 por parte de la sociedad comercial Pío Deportes Radio y TV, S.R.L. (“Pío Deportes”), concesionaria exclusiva de los derechos de su transmisión a través de “televisión, radio, cine y comunicación pública”, según su comunicado aparecido en varios periódicos de circulación nacional.
La propiedad intelectual en República Dominicana necesita un nuevo rostro
El día 26 de abril se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, conmemoración ésta instaurada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), un ente especializado de la Organización de las Naciones Unidas. Con este motivo, la Asociación Dominicana de Propiedad Intelectual, Inc. (ADOPI), se complace en dedicar esta edición de Gaceta Judicial a la promoción de los derechos de propiedad intelectual, agradeciendo a sus editores esta valiosa oportunidad.